Resumen | |
[J] | Impugnación actos administrativos. ERTE COVID. Suspensión del plazo para interponer recurso de alzada por la DA 8ª RDL11/2020. Reitera doctrina. Retroacción de actuaciones al momento de dictarse el acto administrativo anulado.(publicado en Actualidad Diaria 4602 el 11 de marzo de 2022) |
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Al hilo de una suspensión temporal de contratos de trabajo como consecuencia de la pandemia (ERTE) se discute si el plazo para resolver el recurso de alzada interpuesto por la empleadora, a la que se había negado la concurrencia del presupuesto de hecho para considerarla ajustada a Derecho, se vio afectado por la suspensión albergada en el Real Decreto 926/2020 por el que se declaró el estado de alarma y otras normas concordantes. En consecuencia, vamos a centrar nuestro análisis inicial a despejar esa incógnita y si lo hacemos en el sentido favorable al recurso (lo que comportaría que la alzada fue interpuesta dentro de plazo) abordaremos las cuestiones de fondo planteadas (en esencia, relacionadas con el concepto de "fuerza mayor"). El Supremo estima el recurso. Se dicta un voto particular. | |
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